Autorizan servicio de transporte de pasajeros entre Villa Minetti y Rosario
Una empresa tendrá la posibilidad de explotar el servicio de transporte de pasajeros entre Villa Minetti y Rosario, similar a como lo vienen realizando otras firmas. Recientemente se dio la autorización por parte de la provincia, y ahora se espera saber cuándo empezará a operar.
A través del Decreto N.º 992 publicado el pasado viernes en el Boletín Oficial de la provincia y que lleva la firma del gobernador Maximiliano Pullaro y el ministro de Desarrollo Productivo, Gustavo Puccini, se otorgó a la empresa La Tostadense y CIA S.R.L., con domicilio en Reconquista, el “Permiso Precario N.º 308 para explotar un servicio público de autotransporte de pasajeros de línea regular entre las localidades de Villa Minetti – Rosario y viceversa”.
Asimismo, se señala que el servicio será “con paso por las rutas nacionales N.º 95 y N.º 11 y rutas provinciales N.º 32, N.º 2 y N.º 4, en la modalidad ‘servicio interurbano’ con características semi rápido y movimiento de pasajeros únicamente en las localidades de Elisa, San Cristóbal, Huanqueros, Logroño, Tostado, San Bernardo y Santa Fe y también hacia las cabeceras de origen – destino; con tráfico vedado entre las ciudades de Santa Fe – Rosario y viceversa”.
La empresa La Tostadense y CIA cuenta en la actualidad con un parque móvil provincial de 8 unidades habilitadas y matriculadas, y propone realizar el servicio Villa Minetti – Rosario con 3 unidades.
Se espera conocer cuándo comenzará a funcionar la nueva conexión.
Impugnaciones
En la normativa se explica también que fueron desestimadas las impugnaciones efectuadas por las firmas Cooperativa Tal Ltda., Tata Rápido S.R.L., Antonio Moscato e Hijos Transporte Rosario S.A., Etar S.A. y General Guemes TA S.A.
Al respecto, cabe señalar que la única firma que presentó la impugnación en tiempo y forma fue Cooperativa Tal Ltda., objetando que “existe superposición en el tramo Villa Minetti – Santa Fe y viceversa”, alegando que “se lesionan los derechos subjetivos e intereses legítimos de la entidad”.
No obstante, el decreto explica que “si bien existe una superposición física en el tramo Villa Minetti – Santa Fe, se trata de una solicitud de una servicio inexistente que conecta localidades que no cuentan con servicio regular de transporte, siendo natural la superposición parcial; brindando un servicio que pretende satisfacer necesidades de conexión entre diferentes localidades hacia la ciudad de Santa Fe y también desde ellas hacia la ciudad de Rosario, por todo lo cual esta impugnación debe ser desestimada”.
El resto de las impugnaciones, por haberse presentado fuera de término, también fueron desestimadas.