Intervienen en campos de San Bernardo y Pozo Borrado por desmontes que incumplían la ley
Personal de la Dirección General Recursos Naturales y Ecología del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático de Santa Fe, acompañados de agentes de la Sección Nº 12 de la Guardia Rural Los Pumas de Villa Minetti, realizaron intervenciones por desmontes en campos de San Bernardo y Pozo Borrado.
Fue este jueves a la tarde en el marco de una orden de allanamiento por violación a la ley nacional de protección ambiental de los bosques nativos N.º 26.331 y otras, dispuesta por el juez penal de Primera Instancia de la V Circunscripción Judicial Dr. José Luis Estévez.
En primer turno acudieron a un campo de San Bernardo, donde inspeccionaron las instalaciones y hallaron que habían sido intervenidas sin autorización aproximadamente 30 hectáreas de monte nativo.
Luego acudieron a un campo del distrito Pozo Borrado, donde también inspeccionaron las instalaciones y encontraron intervención sin autorización de otras 30 hectáreas de monte nativo.
Dichas intervenciones hechas en ambos establecimientos rurales del departamento 9 de Julio no habían sido autorizadas en el marco de las leyes nacionales Nº 26.331 y N° 11.717, y el Decreto Nº 2013/01.
De las mencionadas tareas de control participaron tres profesionales del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático de Santa Fe, acompañados de cuatro agentes de la Guardia Rural Los Pumas de Villa Minetti.
En San Cristóbal
Cabe señalar que el pasado 10 de mayo en el distrito Portugalete, departamento San Cristóbal, personal de la Dirección General de Recursos Naturales y Ecología llevó a cabo un procedimiento en un establecimiento rural de 970 hectáreas.
Durante la recorrida constataron que se había realizado un desmonte mediante el uso de herbicidas aplicados de manera aérea, lo que provocó un daño severo en especies leñosas y arbustivas nativas en un total aproximado de 65 hectáreas.
Ley de bosques
La Ley N.º 26.331 de Protección de los Servicios Ambientales de los Bosques Nativos establece establece que la “Categoría I” (rojo) son sectores de muy alto valor de conservación que no deben transformarse y que la “Categoría II” (amarillo) son sectores de mediano valor de conservación que a través de actividades de restauración pueden tener un alto valor de conservación, a este respecto la normativa establece que no pueden autorizarse desmontes de bosques nativos clasificados en las “Categoría I” (rojo) y “Categoría II” (amarillo).
Información para productores
Ante esto, se insta a los productores y propietarios de predios con bosques nativos a presentar los correspondientes Planes de Manejo Sostenible de Bosques Nativos y los Planes de Aprovechamiento del Cambio de Uso del Suelo ajustándose a lo establecido en la normativa específica ante las áreas de competencia del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático de la Provincia de Santa Fe a los fines de mejorar y mantener los procesos ecológicos y culturales en los bosques nativos para beneficio de la sociedad y el ambiente.