Nuevos horarios para actividades en Tostado
La Municipalidad de Tostado dio a conocer el Decreto N° 018/2021, a través del cual adhiere a la extensión del distanciamiento social durante el mes de febrero y determina nuevos horarios para el funcionamiento de actividades en la ciudad.
Decreto N° 018/2021
Artículo 1°: Adhiérase la Municipalidad de Tostado al Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 67/2021 al que adhirió la Provincia de Santa Fe por Decreto N° 0051/2021, en tanto sea materia de su competencia, quedando extendido el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” hasta el 28 de febrero del 2021 inclusive, con las autorizaciones y prohibiciones allí establecidas.
Artículo 2°: Establécese, a partir de la fecha los nuevos horarios según se detalla a continuación, quedando derogada toda norma que se le oponga:
- Supermercados y afines: de 07:00 a 22:00 hs.
- Kiosco, despensas y almacenes: de 07:00 a 00:30 hs.
Resto de actividades comerciales y de servicios: de 07:00 a 21:00 hs.
- Bares, cafeterías, restaurantes, comedores, carribares, actividades afines, heladerías, con o sin concurrencia de personas y Delivery:
- a) los días viernes, sábados y víspera de feriados, hasta la 01:30 hs. del día siguiente.
- b) el resto de los días de la semana, hasta las 00:30 hs. del día siguiente.
- Actividades deportivas y gimnasios: hasta las 00:00 hs.
- Actividades religiosas en iglesias, templos y lugares de culto de: 09:00 a 22:00 hs.
En todos los casos con el cumplimiento estricto de los protocolos que regulan cada actividad.
Artículo 3°: Queda restringida la circulación en la vía pública a la estrictamente necesaria para realizar actividades habilitadas, según el siguiente detalle:
- a) De lunes a viernes inclusive, entre las 00:30 hs. y las 06:00 hs.
- b) Sábados, domingos y feriados entre las 01:30 hs. y las 06:00 hs.