Prevención Covid-19 en Villa Minetti: Nuevas disposiciones y horarios para actividades
La Comuna de Villa Minetti sancionó la Ordenanza N° 838/20, a través de la cual adhiere a las medidas preventivas determinadas y dadas a conocer recientemente por el gobierno nacional y provincial en el marco de la pandemia, y al mismo tiempo determina nuevas disposiciones locales.
En este sentido, prorroga hasta el 24 de octubre, inclusive, las restricciones correspondientes al distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
En tanto que en la localidad se restringe circulación en la vía pública entre las 20 horas y las 6 horas del día siguiente en el periodo mencionado anteriormente, para desarrollar actividades autorizadas.
La ordenanza también decide extender a partir de las 00 horas del día 13 de octubre los horarios de cierre de los locales comerciales alcanzados por el distanciamiento social, preventivo y obligatorio, comprendidos en las ordenanzas sancionadas oportunamente y con vigencia a la fecha, a las actividades que a continuación se detallan:
- Comercios minoristas de venta de mercaderías, hasta las 22 horas.
- Instalaciones, incluidos los gimnasios, a los fines de la práctica de actividades deportivas y físicas, hasta s las 22 horas.
- Locales gastronómicos (bares, restaurantes, rotiserías, heladerías y otros de venta de productos alimenticios elaborados) en las condiciones actuales vigentes, hasta las 01 horas.