Detectan aumento del 40% en alcoholemias positivas de conductores profesionales

La Agencia Provincial de Seguridad Vial (Apsv), dio a conocer un informe en el que consta que entre enero y mayo de 2022 se detectaron 118 conductores profesionales con alcoholemia positiva. En el mismo período de 2021 habían sido 84 los conductores profesionales con esta falta, lo que implica un incremento interanual del 40% de casos positivos.



Estos resultados se obtuvieron en el marco de los controles sistemáticos que la Apsv coordina diariamente en conjunto con la Policía de Seguridad Vial en todo el territorio provincial que tienen el objetivo de combatir el alcohol al volante y otras conductas graves que incrementan el riesgo en la conducción para todos los usuarios de rutas y autopistas. Se debe tener en cuenta que para los conductores profesionales la tolerancia es cero para el consumo de alcohol al volante.

De acuerdo a datos preliminares del Observatorio Vial de Santa Fe, en 3 de cada 10 siniestros de 2022 donde hubo uno o más fallecidos se registró la presencia de camiones, mientras que esta proporción se encontraba en un promedio del 22% en los años anteriores, lo cual indica un aumento del 27% en su participación.



Según estudios del Observatorio Vial de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, los siniestros viales son la primera causa de muerte entre los jóvenes de 15 a 35 años y la conducción bajo los efectos del alcohol es uno de los factores determinantes más importantes. Las estadísticas nacionales demuestran que de cada cuatro siniestros viales con fallecidos, en al menos uno el alcohol está presente.

Sistema cautelar y sancionatorio

La ley Provincial N.º 13.133, define a la Seguridad Vial como conjunto de condiciones y normas jurídicas y técnicas, garantizadas por ordenamiento jurídico en su totalidad, para minimizar o neutralizar los riesgos de la circulación peatonal y vehicular en el espacio público.

Teniendo en cuenta la Ley provincial N° 13.169 prescribe dos sanciones (una principal y la otra accesoria) para aquellos conductores de vehículos destinados al transporte de pasajeros, de menores y de carga que circulen con alcoholemia positiva, cualquiera sea la concentración por litro de sangre, claramente es un imperativo tendiente a minimizar o neutralizar los riesgos de la circulación peatonal y vehicular.



La sanción comprende una multa de 300 Unidades Fijas (U.F.) a 1000 U.F., más inhabilitación accesoria para conducir de 15 días a 2 años. En estos casos no resulta aplicable el beneficio de pago voluntario previsto en el artículo 27 inciso “a” del presente Código.

Además, de conformidad a la Ley Provincial 13.133, la autoridad de aplicación está facultada a disponer medidas cautelares y/o preventivas para todo lo cual sin ser taxativos, incluyen la retención del vehículo y/o la suspensión de la licencia de conducir con el impedimento al conductor imputado de continuar circulando hasta tanto el juez competente resuelva sobre la causa y reintegre la licencia de conducir.

 

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