Santa Fe extendió la emergencia agropecuaria por sequía hasta mayo de 2023

El Gobierno de Santa Fe dispuso este viernes extender hasta el 31 de mayo de 2023 la declaración de emergencia agropecuaria por la sequía que afecta a la provincia e incluyó al único departamento que no estaba comprendido en la medida.

A través del decreto 2476/22, firmado hoy por el gobernador Omar Perotti, el Gobierno santafesino declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario a partir del 1 de noviembre en el departamento General López y estableció la prórroga de la emergencia en el resto de los 18 departamentos provinciales hasta el próximo 31 de mayo.

“El objetivo es acompañar a todos los productores santafesinos cuyas explotaciones agropecuarias fueron afectadas por la sequía”, informó el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología provincial.

Los productores que ya cuenten con certificados de emergencia y/o desastre agropecuario, “permanecerán en la misma condición y gozarán automáticamente de los beneficios establecidos, sin necesidad de realizar ningún otro trámite administrativo”, añadió la cartera productiva a través de un comunicado.

En tanto, los productores que ya cuenten con certificados de emergencia y cuya situación se haya agravado, deberán iniciar el trámite respectivo a través del Sistema Santafesino de Gestión de Situaciones de Emergencia Agropecuaria (Sisagea).

Para ello deberán completa un formulario de declaración jurada por medio del cual detallarán las pérdidas sufridas; tras ello, el Gobierno evaluará la situación y, en caso de corresponder, se procederá a modificar la condición de dicho certificado a desastre agropecuario.

“Aquellos productores agropecuarios que no fueron comprendidos por los mencionados decretos, podrán solicitarlos a través de la presentación jurada de declaración de daños”, señaló el Ministerio.

Además, agregó que los productores podrán presentar los formularios de declaraciones juradas de daños y la documentación respaldatoria hasta el 28 de febrero de 2023.

El decreto

D0247622C

Fuente Télam.

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